En base a la nueva Ley de Protección de Datos (LOPD) y en pro de cuidar y proteger la privacidad y el buen uso de los datos personales de los usuarios de la red en las diferentes aplicaciones, cada vez son más las restricciones que aplican sobre el uso y manejo de estos a través de los diferentes dispositivos de tecnología en el proceso de adaptación del nuevo reglamento. En esta ocasión, vamos a explicar como proteger tu empresa o asociación de sanciones por el mal uso del WhatsApp.
De las últimas novedades dentro de todo este huracán que ha generado la nueva Ley y sus diferentes estatutos, no deja de sorprender hasta qué punto pueden llegar las sanciones.
Por este motivo, no se debe ignorar el correcto uso y de los datos que allí se manejan.
Como es el caso de ahora con la aplicación de WhatsApp que a través de la Regulación General de Protección de Datos (RGDP) también se aplicarán multas por el mal uso del WhatsApp dentro de las empresas y asociaciones.
¿Por qué las sanciones por el mal uso del WhatsApp?
Se generarán multas significativas que vendrán a consecuencia de enviar mensajes corporativos al móvil privado. También de uso personal de un empleado asociado a la empresa a través del WhatsApp.
También, se deberá mantener la confidencialidad con:
- El número
- El nombre
- La dirección
- Las fechas
- Las horas de conexión
- Las fotos de perfil
Ya que los puntos mencionados son considerados de uso personal y privado.
Todo esto podrá ser motivo de grandes multas, ya que en caso de darles uso incorrecto estarían violando la privacidad de los datos.
De ahora en adelante, las empresas que usan WhatsApp como medio de comunicación interno con sus empleados deberán cuidarse. Ya que las multas oscilarán entre los 900 y 600.000 euros.
Algo que parece fuera de este mundo ya que la tecnología nos ha facilitado toda la comunicación posible a larga y a corta distancia.
Ahora estas restricciones harán de esta facilidad un tormento. Ya que se convierten en un riesgo para la empresa a causa de la nueva Regulación General de protección de Datos durante este proceso de adaptación al RGPD.
Por qué ocurren las sanciones por el mal uso del Whatsapp
Y esto ocurre, porque una de las grandes debilidades de las redes sociales, incluyendo la del Whatsapp, es la seguridad. La seguridad de la aplicación pasa a servidores extranjeros en los que la empresa no tiene ninguna injerencia.
Además, el almacenamiento de los datos personales de los empleados quedan registrados en estos servidores. Asimismo, y a uso legal de estas otras empresas proveedoras de control de datos. Es decir, que todo lo compartido por la empresa incluyendo datos privados por WhatsApp, la empresa pierde el derecho sobre toda esta información.
El tema comienza por la estrecha relación que existe entre la confidencialidad y la seguridad de los datos.
Lo que esto expone al empleado para hacer de su trabajo una actividad que supera las obligaciones inherentes al contrato. Como puede ser:
- El caso del cumplimiento de horas extras
- La invasión del espacio personal
- El acoso laboral por la cercanía que genera este medio, entre otros.
Una de las soluciones sugeridas a este problema que ahora se presenta, es el uso de medios de comunicación internos.
Como por ejemplo, a través de software que sean rentables para la empresa. Este software tenga sus respectivas normas de uso. Incluyendo el horario, la información que se podrá manejar a través de estos medios, entre otros.
Recomendaciones que puedes aplicar en tu empresa
También se recomienda el uso de algunas cláusulas especiales en las que el empleado permita el consentimiento del uso de sus datos. Incluso advirtiendo el horario en el que podrá hacer uso de esta herramienta personal.
Estas sanciones por el mal uso del WhatsApp, también aplicarán para asociaciones, colegios, academias, etc.. Ya que las empresas mencionadas, usan estos medios para enviar información a sus asociados al WhatsApp. Sin un previo permiso o autorización para recibir información masiva de interés común.
Es importante destacar que en el caso de las empresas y el uso del WhatsApp, esto solo aplica a los móviles personales. Cuando es el caso de un móvil a título empresarial no es considerado una herramienta vulnerable a multas.
De este modo, no será necesario el acuerdo de uso a través de cláusulas que autoricen a la empresa a comunicarse con el empleado por este medio. Siempre con sus respectivas directrices dictadas por la misma organización y en acuerdo con el empleado que las maneje.
En Adaptium hacemos posible que tu negocio esté correctamente de la mano con la Ley de Protección de Datos (LOPD).
Con el profesionalismo que nos caracteriza, con la ética y con la responsabilidad con la que trabajamos. En Adaptium, le damos la posibilidad de mantener su empresa segura cumpliendo con los estatutos de esta nueva Ley de Protección de Datos a través de nuestra Consultaría de Protección de Datos, evitando sanciones, demandas y cualquier otro proceso jurídico al que pueda estar expuesto, y con el que se pueda ver afectada la credibilidad de la marca en internet y a su vez en el mercado al cual pertenece, manteniendo además su reputación correctamente.
Esperamos haberte ayudado con esta información sobre las sanciones por el mal uso del WhatsApp en su empresa. Si tienes dudas, contáctanos.
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